Una de las dudas más frecuentes en los trámites de residencia y trabajo en España es determinar legalmente a quién le corresponde abonar la Tasa 062 y la Tasa 052.
La regla de oro: ¿Quién paga cada tasa?
La normativa de extranjería en España deja muy claro quién es el sujeto pasivo obligado al pago de cada uno de los modelos de tasas de tramitación. A continuación te presentamos una tabla resumen de obligado cumplimiento:
| Modelo de Tasa | ¿Quién está obligado a pagarla? | Tipo de Autorización / Trámite |
|---|---|---|
| Tasa 790 Código 062 | El Empleador (Jefe / Empresa) | Autorizaciones de trabajo por cuenta ajena y contratación. |
| Tasa 790 Código 052 | El Trabajador Extranjero | Autorizaciones de residencia, prórrogas y modificaciones. |
¿Qué ocurre si el trabajador paga la Tasa 062 por error?
Legalmente, la obligación tributaria de la tasa de trabajo (062) recae sobre la empresa contratante. Si el trabajador abona esta tasa de su propio bolsillo, puede solicitar la devolución de ingresos indebidos ante la Delegación de Gobierno, aunque es un trámite administrativo que suele tardar varios meses.