El certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea, también conocido como NIE verde, es el documento que valida la inscripción de un ciudadano de un Estado miembro de la UE, así como de Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza en el Registro Central de Extranjeros en España cuando su estancia se prevé que supere los 90 días dentro de un período de 180.

Este certificado es emitido por la Comisaría de Policía o una Oficina de Extranjería competente y puede presentarse en forma de una hoja verde de tamaño A4 o una tarjeta de tamaño carné. Desde 2021, muchas provincias han comenzado a expedir este documento en formato DIN A6 plastificado, el cual incluye:

  • Nombre y apellidos
  • Nacionalidad
  • Domicilio declarado
  • Fecha de registro
  • Número de Identidad de Extranjero permanente

A diferencia de la TIE que reciben los ciudadanos de terceros países, este certificado no expira (excepto en caso de cambios en datos esenciales) y no incluye fotografía. Su propósito es certificar la residencia legal para acceder a servicios, inscribirse en la Seguridad Social, empadronarse, estudiar, entre otros.

Pasos para realizar el trámite

  1. Se debe solicitar una cita previa en línea en la sede electrónica de la Policía Nacional o de Extranjería.
  2. Pagar la tasa 790-012 (referente al epígrafe “Certificado de registro de residente comunitario o Tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la UE”) antes de entregar el formulario.
  3. El solicitante tiene que presentarse personalmente con el formulario EX-18 completo y la documentación que respalde el motivo de la solicitud.
  4. El funcionario verificará que se cumplen los requisitos para la concesión y, si todo es correcto, emitirá el certificado de inmediato. Si la documentación no está completa, se proporcionará un requerimiento de subsanación con un plazo de 10 días.
  5. Si la solicitud es aprobada, la inscripción en el Registro Central de Extranjeros y la asignación definitiva del NIE se realizará de inmediato.

No hay resolución posterior ni fase de silencio administrativo: la inscripción se procesa al instante o se desestima por falta de requisitos.

Requisitos y condiciones

Los requisitos dependen de la categoría económica en la que se clasifique al solicitante (art. 7 RD 240/2007):

Trabajador por cuenta ajena

  • Presentar contrato de trabajo o alta en la Seguridad Social.

Trabajador por cuenta propia

  • Inscripción en el Registro Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), alta censal y, si aplica, licencia municipal.

Estudiante

  • Inscripción en un centro público o privado reconocido por la Administración.
  • Seguro de salud vigente.
  • Declaración de recursos suficientes.

Inactivo con recursos propios (no lucrativo)

  • Seguro de salud completo.
  • Acreditar contar con medios económicos equivalentes al 100 % del IPREM anual para el solicitante (aproximadamente 8.400 € en 2025) y el 70% adicional por cada familiar.

Familiar de ciudadano de la UE que no satisface los requisitos anteriores

  • Acreditar el vínculo familiar con el ciudadano (matrimonio, pareja registrada, ascendiente o descendiente).
  • Disponer de seguro médico y recursos del titular.

Condiciones generales

  • No representar una amenaza para la seguridad pública, el orden público o la salud pública.
  • Presentar la solicitud dentro de los tres primeros meses de la llegada a España.
  • Informar sobre cualquier cambio de domicilio o estado civil.

Documentación requerida

Para obtener el certificado en cualquiera de las categorías, es necesario aportar el original y copia del formulario EX-18, así como el original y copia del pasaporte o DNI válido y el justificante del pago de la tasa 790-012. Adicionalmente, se deben presentar otros documentos dependiendo de la categoría del certificado que se solicita:

Trabajador por cuenta ajena: Contrato de trabajo o «acta de contratación», alta en la Seguridad Social (modelo TA.2/S).

Trabajador por cuenta propia: Alta en el IAE, Modelo 036 o 037, alta en el Registro Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o cita para ello, plan de negocio.

Estudiantes: Matrícula o carta de admisión del centro educativo, seguro médico sin copagos, declaración responsable de recursos.

Inactivo: Seguro médico en vigor, extractos bancarios que justifiquen su situación económica, certificados de pensión, títulos de deuda o documentos que demuestren ingresos suficientes.

Familiar de ciudadano de la Unión Europea: DNI o pasaporte del familiar titular, documento que evidencie el vínculo entre ambos (certificado de matrimonio, pareja estable, libro de familia), empadronamiento conjunto o evidencias de los medios económicos del titular.

Todos los documentos extranjeros deben ser apostillados/legalizados y traducidos por traductor jurado para ser válidos si no están en castellano.

Tasas e impresos

  • Para obtener el certificado de registro, se debe presentar el modelo 790-012 (en referencia al epígrafe “Certificado de registro o tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE”).
  • El coste de la tasa es de 12,00 euros*.
  • El pago puede realizarse en entidades bancarias colaboradoras o de manera telemática en la sede de la Policía Nacional.

Enlaces de interés

Recomendaciones

  1. Paga la tasa con antelación e imprime el justificante; sin este, la Oficina no aceptará el expediente.
  2. Citas saturadas: en ciudades grandes, reserva con un mes de antelación; el sistema regenera horarios a medianoche.
  3. Fotocopias: lleva dos juegos completos; el funcionario se quedará uno y devolverá los originales.
  4. Empadronamiento: algunas Oficinas lo requieren para validar el domicilio; trámitalo antes si es posible.
  5. Seguros de salud: deben proporcionar las mismas prestaciones que el SNS sin copagos ni carencias; evita pólizas básicas de viaje.
  6. Estudiantes: la carta de aceptación debe especificar la duración exacta; si tu programa dura más de un año, considera el alta en la Tarjeta Sanitaria Europea.
  7. No lucrativos: los extractos bancarios deben mostrar saldos estables; evita ingresos recientes sin un origen claro.
  8. Renovación/cambio: aunque el certificado no caduque, si cambias de provincia, solicita uno nuevo con el mismo coste.
  9. Familiares: si dependes de un cónyuge/pareja, lleva documentos que evidencien la convivencia; fotos y facturas conjuntas son útiles.
  10. Nacionalidad española: el tiempo de residencia con certificado de la UE cuenta para la nacionalidad (generally 10 años, 2 años para iberoamericanos, 1 año si estás casado con un español).

Preguntas frecuentes (FAQ)

  • ¿Cuánto tiempo tarda la expedición? Normalmente se entrega en el momento después de verificar la documentación.
  • ¿Es necesario renovar al cambiar de NIE verde grande al formato tarjeta? Es opcional, pero se aconseja por comodidad; solo se paga la misma tasa y se actualiza el domicilio si es necesario.
  • ¿Puedo trabajar con el certificado? Sí; los ciudadanos de la Unión Europea no requieren autorización de trabajo.
  • ¿Y los hijos menores? Los hijos menores deben obtener su propio certificado si van a residir más de 90 días; se debe presentar un formulario EX-18 para cada menor.
  • ¿Qué ocurre si no me registro en los 90 días? Se considera una infracción leve (hasta 500 euros de multa), pero es posible regularizar la situación pagando la tasa y presentando la solicitud.

Normativa de referencia